Una sentencia de un juzgado tinerfeño sienta precedente al condenar a dos hombres por un delito de odio y lesiones a un compañero de trabajo.

, , | 25 marzo, 2022

CADENA SER.- Se trata de una resolución judicial que les adelantamos en la SER y que sienta un precedente, ya que son muy pocas las sentencias condenatorias en el ámbito de los delitos de odio, debido, fundamentalmente a la dificultad de obtener pruebas para establecer una condena. En este caso, de la mano de la fiscal delegada de Delitos de Odio de Santa Cruz de Tenerife, Enriqueta Roldán Armas, pudo conseguirse. Los hechos acaecieron en el año 2019 cuando la víctima trabajaba en un programa laboral en los barrios de Santa Cruz de Tenerife.

Desde que comenzó sus labores, el denunciante comenzó a padecer insultos y vejaciones continuas por parte de dos compañeros con descalificativos relativos a su condición sexual y a su nacionalidad venezolana. De esta forma, según se recoge en la sentencia, los insultos con carácter muy agresivo eran: «maricón», «venezolanito y en una ocasión «los sudamericanos muerto de hambre que vienen a España a quitarle el trabajo a los canarios y no se enteran que están en España». Las humillaciones continuaron hasta el punto que el 22 de abril de 2019, uno de los condenados le gritó al demandante: «te voy a matar maricón» propinándole un fuerte empujón que causó lesiones a la víctima. Por todo ello, en la sentencia se considera probados los hechos y condena a los dos acusados por dos delitos contra la dignidad y por un delito leve de lesiones a la pena de un año de prisión para cada uno con inhabilitación especial y al pago de mil euros en concepto de indemnización por daños morales, incapacidad temporal y por las secuelas.

Cabe recordar que este tipo de casos han estado en el punto de mira de la opinión pública después de que, recientemente, el obispo de la Diócesis Nivariense, Bernardo Álvarez, fuera llamado a declarar ante el Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife por un presunto delito de odio de corte homófobo tras unas declaraciones realizadas en un programa de la Televisión Canaria en la que calificaba la homosexualidad como un pecado mortal y lo equiparaba a una patología adictiva como el alcoholismo. Los delitos de odio fueron recogido de forma explícita en la última reforma del Código Penal emprendida en 2015. Se considera delito de odio cualquier tipo de comportamiento que esté motivado por la discriminación y los prejuicios ante la condición económica, social, orientación sexual, nacionalidad o raza.

 

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