DOS MANZANAS.- El Tribunal Supremo Administrativo de Bulgaria ha dictaminado que el actor y director de cine Andrey Slabakov vulneró la Ley de Protección Contra la Discriminación al efectuar unas declaraciones en televisión en las que afirmaba que los homosexuales son una plaga más dañina que el tabaco. El alto tribunal ordena asimismo a la Comisión para la Protección Contra la Discriminación que establezca las sanciones administrativas o penales oportunas.
Las declaraciones se produjeron en 2011, en una entrevista efectuada por la televisión búlgara. En ella, Slabakov afirmaba que “los homosexuales son más peligrosos que el tabaco porque han propagado el sida a escala masiva”. Para el actor y director esto constituye una amenaza global puesto que, según sus palabras, “algunos de ellos son bisexuales” y por tanto pueden propagar la enfermedad también entre los heterosexuales.
Dada la gravedad de las declaraciones y el medio en que se difundieron, los activistas LGTB Radoslav Stoyanov y Dobromir Dobrev decidieron interponer una demanda ante la Comisión para la Protección Contra la Discriminación, organismo encargado de velar por los intereses de las minorías. La comisión, sin embargo, rechazó la demanda, estimando que no se había incumplido ninguno de los artículos de la vigente Ley de Protección Contra la Discriminación. Los activistas decidieron recurrir ante el Tribunal Administrativo, que falló a su favor, pero la Comisión para la Protección Contra la Discriminación decidió a su vez apelar ante el Tribunal Supremo Administrativo, la más alta instancia en estos asuntos.
Finalmente, el Tribunal Supremo Administrativo ha sentenciado a favor de los demandantes. Para ello ha tenido en cuenta la calidad de figura pública de Andrey Slabakov y la capacidad de difusión del medio en el que efectuó las declaraciones. Según la sentencia, la libertad de expresión no es un derecho absoluto, sino que puede entrar en conflicto con otros de igual o mayor relevancia. El alto tribunal estima que ni el derecho búlgaro ni el de la Unión Europea amparan la difamación ni que se atente contra la dignidad de la persona creando un ambiente ofensivo de hostilidad, degradación y humillación por razón de su orientación sexual.
La sentencia, que no se puede recurrir, obliga a la Comisión para la Protección Contra la Discriminación a que sancione con las medidas administrativas o penales oportunas a Andrey Slabakov, sanción que se espera sea comunicada próximamente.
Para su anexión a la Unión Europea en 2007, Bulgaria tuvo que cumplir con las exigencias de fortalecer su legislación contra la discriminación de las minorías, fruto de la cual es su presente Ley de Protección Contra la Discriminación, de absoluta relevancia en este caso.