La Fiscalía archiva las diligencias por los cánticos machistas en el colegio mayor Elías Ahuja de Madrid.

, , | 5 abril, 2023

Cadena Ser.- Considera que las expresiones proferidas son “irrespetuosas e insultantes para las mujeres” y constituyen “un ataque a la dignidad individual o colectiva” de las mujeres, aunque no pueden ser penalmente sancionables.

La Fiscalía Provincial de Madrid ha acordado el archivo de las diligencias de investigación abiertas a raíz de una denuncia presentada por Movimiento contra la Intolerancia en la que se informaba de que en la noche del 2 de octubre de 2022 un grupo de jóvenes residentes del Colegio Mayor Elías Ahuja dirigió cánticos a las residentes en el vecino Colegio Mayor Santa Mónica. A juicio de los denunciantes, los hechos podrían ser constitutivos de un delito de odio.

El decreto de archivo sostiene que los hechos son «irrespetuosos e insultantes para las mujeres» y las expresiones proferidas constituyen «un ataque a la dignidad individual o colectiva de aquellas». Sin embargo, no pueden ser por sí solas constitutivas de un delito de odio del artículo 510.2 a) CP, al exigir este delito la concurrencia de una motivación discriminatoria concreta, la cual no ha resultado acreditada en la investigación por hechos anteriores, coetáneos ni posteriores a los denunciados.

Según la Fiscalía, la acción investigada no puede tipificarse tampoco como un delito contra la integridad moral porque para ello es necesario que alguna de las personas destinatarias de las expresiones proferidas se hubiera sentido ofendida y «no consta que ninguna de las mujeres que se encontraban en la residencia haya denunciado los hechos».

En el decreto de archivo, la Fiscalía afirma también que los hechos no pueden incardinarse en un delito del nuevo artículo 173.4 del Código Penal, introducido por la LO 10/2022 (Ley del «solo sí es sí»), ya que los hechos ocurrieron el 2 de octubre de 2022 y la ley entró en vigor el 7 de octubre de 2022. Este artículo castiga a quienes se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen en la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad.

Una situación que «puede repetirse»

El archivo de las diligencias de investigación ha causado indignación en Movimiento contra la Intolerancia, la organización que puso en manos la Fiscalía estos hechos. El presidente del organismo, Esteban Ibarra, ha afirmado que el criterio del Ministerio Público facilita que hechos como este se repitan en el futuro: «Lamentamos mucho la decisión. Nos preocupa porque estos hechos pueden repetirse en otros colegios mayores y el argumento de la Fiscalía puede servir para que estos comportamientos se sitúen en la impunidad».

Ibarra ha afirmado que el archivo de las diligencias supone reducir «a la nada» el tipo penal del delito de odio. «Inlcuso denunciamos contra la integridad moral también. Si eso tampoco se ve, se entiende muy poco el alcance de estos tipos penales que tienen como objetivo proteger la dignidad de la persona, incluso cuando el afectado no quiere denunciar», ha aclarado.

Desde Movimiento contra la Intolerancia descartan acudir ante un juzgado para denunciar los hechos, aunque su presidente sí ha recalcado que, en el caso de que alguna de las alumnas del Santa Mónica quiera presentar una querella, la organización acudirá de su lado.

«La gente no quiere problemas»

Ibarra ha insistido en que la falta de apoyo por parte de las alumnas del Santa Mónica a esta iniciativa de Movimiento contra la Intolerancia no quiere decir que no se haya producido, a su juicio, un delito. «El hecho de que las mujeres que se han visto afectadas respondieran de manera indignada no quita que el hecho objetivo se haya producido», ha afirmado. De hecho, Ibarra ha mantenido que la falta de apoyo por parte de las alumnas puede responder a que haya habido «elementos coactivos o disuasorios», o, simplemente, «que la gente no quiera tener más problemas»

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