La Audiencia Nacional ordena repetir el juicio al supuesto frente de cárceles yihadista

| 29 junio, 2023

La Vanguardia.- Madrid, 29 jun (EFE).- La Audiencia Nacional ha ordenado repetir el juicio, con otro tribunal diferente, contra el grupo de acusados de constituir en diferentes prisiones en las que cumplían condenas por terrorismo un supuesto frente de cárceles para adoctrinar a otros internos, después de que hayan sido absueltos en dos ocasiones.

La Sala de Apelación ha dictado una sentencia en la que insta a la sección cuarta de lo Penal a que repita el juicio contra los cuatro acusados, entre los que figura Abderrahmanen Tahiri, también conocido como Mohamed Achraf y quien fue condenado años atrás por liderar una célula que planeaba atentar en Madrid.

Se trata de la segunda vez que la Sala de Apelación anula la sentencia del tribunal que los juzgó y que los ha absuelto ya hasta en dos ocasiones.

En julio de 2022, cinco acusados se sentaron en el banquillo, aunque la Fiscalía acabó retirando la acusación para uno de ellos. Unos meses después, en octubre, el tribunal que los juzgó dictó la primera absolución al rechazar que formasen una red dedicada a favorecer al Dáesh.

Sin embargo, la Fiscalía recurrió y la Sala de Apelación ordenó al tribunal a dictar una nueva sentencia, que llegó a la misma conclusión: la absolución de los acusados ante la ausencia de pruebas de cargo determinantes.

De nuevo, la Fiscalía, con apoyo de las acusaciones que ejercieron la Asociación 11M Afectados por el Terrorismo y la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), impugnó la absolución ante la Sala de Apelación que, ahora, por segunda vez, ha revocado la sentencia, si bien esta vez ha ordenado repetir el juicio con un tribunal diferente.

La Sala de Apelación ve «insuficiencia, irracionalidad y clara incoherencia» en el relato de hechos probados de la sentencia recurrida, que tiene «un desarrollo argumental que incurre en quiebras ilógicas de tal magnitud que las conclusiones alcanzadas no pueden considerarse basadas en ninguna de las razones aducidas».

Además de Mohamed Achraf, que quedó en libertad el año pasado; se sentarán de nuevo en el banquillo Mohamed El Gharbi, Karim Abdeselam Mohamed y Abdelah Abdeselam Ahmed.

La Fiscalía los acusa de formar un grupo terrorista en las cárceles en favor de Dáesh mediante el envío de cartas a otros reclusos con los postulados de la organización yihadista. En el juicio, la fiscal pidió hasta 12 años de prisión para ellos, aunque planteó de manera subsidiaria una condena de 8 años por colaboración con organización terrorista o captación y adoctrinamiento terrorista.

En la sentencia conocida este jueves, la Sala recuerda que los hechos probados de la resolución ahora anulada señalaban que el envío desde las cárceles de dichas cartas no implicaba intención de favorecer las acciones del Dáesh, ni alentar a otros internos a conocer o difundir ideología que propiciara la futura práctica de acciones terroristas.

Tampoco implicaba, decía, un proceso de progresiva radicalización en personas que no lo estaban suficientemente, con objeto de mantener latente el compromiso terrorista, favorecer a la organización terrorista cuando quedaran en libertad o ganar adeptos.

Sin embargo, sostiene la Sala, párrafos más arriba describía acciones que contradecían esa tesis, como «el uso reiterado y constante» de anagramas y expresiones del aparato de propaganda del Dáesh, que ellos difunden entre presos; la constante emisión y recepción de cartas, en su mayoría por circuitos no oficiales, con consignas, banderas o textos religiosos con interpretación radical y otras consignas propagandísticas coincidentes con las del Dáesh. EFE

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