De denunciantes de agresión homófoba mientras hacían nudismo a imputados por exhibicionismo

| 11 febrero, 2015

Sus abogados argumentan que lo que hicieron Luis y Ricardo «se configura como una manifestación más de la libertad de expresión tan garantizada como lo pueda ser la libertad de expresar nuestras opiniones políticas en un espacio público». La imputación del delito de exhibicionismo está fundamentada en que al Área de Salud y Consumo no le consta que la playa de Torregarcía tenga autorización «para el uso nudista».

pareja-agredida-AlmeriaELDIARIODEANDALUCÍA.ES.- Una pareja residente en Almería, que había denunciado el pasado mes de junio una agresión homófoba mientras hacían nudismo en una playa, ha visto cómo su queja se ha convertido en una imputación por exhibicionismo en su contra, junto al delito de lesiones imputado al principal encausado. Según ha informado Trustlaw Abogados Almería en un comunicado, «Ricardo y Luis, tomaron la decisión de denunciar estos hechos con la esperanza de que los tribunales sancionaran unos comportamientos que no deben consentirse en nuestra sociedad actual» pero ahora se sienten «estigmatizados».

«Pedimos que se haga justicia real», decía uno de ellos en junio cuando hicieron públicos los hechos, acaecidos precisamente que el mismo día que se celebraba el Orgullo Gay. Ahora, «tras superar distintos obstáculos legales» y «lejos de verse amparados por la Justicia», dicen sus representantes legales, los hombres de 53 y 70 años se ven imputados. Los letrados Salvador Benítez y Manuel Ocaña han recurrido la resolución del Juzgado de Instrucción número 4 de Almería «por no entenderla ajustada a Derecho y ser contraria al deber de apurar la instrucción y esclarecer al máximo lo ocurrido practicando todas aquellas pruebas que sean necesarias para determinar no sólo los hechos y personas responsables sino también las circunstancias de dicha agresión, que fue de evidente naturaleza homófoba y discriminatoria a la orientación sexual de las víctimas».

Ambos relataron en su denuncia que el otro imputado, junto a su padre, se abalanzaron sobre ellos al grito de «¡Ni un paso más, maricones!» y que, tras una fuerte discusión, les atacó presuntamente mientras el padre lo incitaba al grito de «¡Maricones!, ¡dales caña a esos cerdos!'». El atestado policial recoge que fueron varios los testigos los que presenciaron los hechos y los que alertaron. Las «patadas» y los «puñetazos» habrían ocasionado lesiones por las que Luis precisó cuatro puntos de sutura en una ceja mientras que Ricardo sufrió «hematomas y escoriaciones por patadas en el costado», además de perder la conciencia.

Los abogados de la pareja agredida discrepan de la imputación de un delito de exhibicionismo sexual realizada «no puede concurrir en el presente caso ya que para que pueda entenderse como tipo penal sancionado de exhibicionismo no sólo se requiere que exista ese desnudo en presencia de menores, sino que además se realice una conducta con connotaciones sexuales, cosa que en el presente caso no ocurre ya que nuestros clientes eran simplemente dos personas que paseaban por la playa sin otra intención distinta que la de tomar el sol».

Apuntan los letrados que lo que hicieron Luis y Ricardo «se configura como una manifestación más de la libertad de expresión tan garantizada como lo pueda ser la libertad de expresar nuestras opiniones políticas en un espacio público, sin alterarlo o ir en contra del orden público». «Solo ordenanzas municipales pueden regular el desnudo de sus ciudadanos en lugares públicos con ocasión de cierto ‘decoro’ que éstas quiera dar al municipio pero ello es tan solo una cuestión administrativa, nunca un delito».

El Ayuntamiento: «la playa no era nudista»

El auto del juzgado, contra el que han interpuesto recurso de reforma ambas partes, ordena transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado y da traslado para que se formule acusación si procede o se solicite el sobreseimiento de la causa. La imputación del delito de exhibicionismo está fundamentada en un oficio remitido al Ayuntamiento de Almería en el que, a petición de la jueza instructora, el Área de Salud y Consumo señala que no le consta que la playa de Torregarcía tenga autorización «para el uso nudista».

En concreto, se indagaba para conocer si esta zona del litoral de la ciudad es nudista o, por el contrario, están «prohibidas estas prácticas» ya que la agresión que la pareja denunció se produjo cuando estaba haciendo nudismo y se disponía a bañarse.

Fuentes cercanas al caso han trasladado que la Fiscalía se va a adherir al recurso de reforma que han presentado las dos partes contra el auto ya que estima pertinente la práctica de nuevas diligencias encaminadas a esclarecer los hechos, como la toma de declaración a algunos testigos.

HISTÓRICO

Enlaces internacionales