Consumo crea un etiquetado inclusivo para personas con discapacidad visual.

, , , | 18 julio, 2022

Levante_EMV.- La normativa afectará a productos de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida | La normativa afectará a productos de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida.

El Ministerio de Consumo saca este lunes a consulta pública —el primer paso de todo el proceso legislativo— el real decreto para la creación de un etiquetado inclusivo para personas con discapacidad visual, una vieja reclamación de entidades y asociaciones de pacientes. Según ha podido saber El Periódico de España, la normativa afectará a productos de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida. En principio, se aplicará a los de consumo general empaquetado —como carnes, pescados, huevos, leche, café, conservas— y a los potencial o claramente peligrosos —los de higiene, abonos, plaguicidas, pegamentos, encendedores y cerillas o bombonas de gas—.

Este lunes arranca el proceso con la consulta pública previa para «regular reglamentariamente un etiquetado en alfabeto braille, así como en otros formatos que garanticen la accesibilidad universal de aquellos bienes y productos de consumo de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida, especialmente de las personas ciegas y con discapacidad visual como personas consumidoras vulnerables».

Se reconoce a las personas con discapacidad su condición de «personas consumidoras vulnerables»

La medida es posible tras la reforma que impulsó el ministro Alberto Garzón de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobada el 25 de febrero de 2022. Esta modificación reconoce a las personas con discapacidad su condición de «personas consumidoras vulnerables», ya que les impide ejercer sus derechos en materia de consumo en igualdad de condiciones que al resto de consumidores.

Productos de especial prevalencia

Según fuentes ministeriales, la información que debe contener ese etiquetado inclusivo es la mínima básica —denominación, naturaleza, fecha de caducidad o consumo preferente, alérgenos.—, así como la extensiva del mismo (nombre y dirección de la empresa productora, composición y finalidad del producto, calidad, cantidad neta o categoría, fecha de producción, sistema de información nutricional, instrucciones para su correcto uso o consumo).

Más de un millón y medio de españoles tienen discapacidad visual, de los cuales, al menos 70.000, presentan una ceguera total

En España, 4,3 millones de personas tienen algún tipo de discapacidad, según la Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia, EDAD 2020, del Instituto Nacional de Estadística (INE). Más de un millón de españoles tienen discapacidad visual, de los cuales, al menos 70.000, presentan una ceguera total.

Consumo apela a la necesidad de garantizar la disponibilidad de un información clara, accesible y fácil de manejar sobre los bienes y productos mediante la adopción de un enfoque «no discriminatorio» en la transformación digital. Un ejemplo de estas nuevas oportunidades, apuntan, sería el caso de la utilización de códigos de respuesta rápida (QR) en el etiquetado de bienes y productos de consumo, así como otros aplicativos derivados de la tecnología.

Para el departamento que dirige Alberto Garzón, la generalización de estas herramientas es un factor de la máxima importancia para la inclusión de estas personas en la sociedad, en los términos recogidos en la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, así como en el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

Por medio de esta norma se quiere abordar la regulación del etiquetado en alfabeto Braille y otros formatos para garantizar la accesibilidad universal a bienes y productos de consumo de especial relevancia. Consumo reseña que con este real decreto, se avanza, además, en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030.

Etiquetado inclusivo

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba el pasado 1 de marzo la Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, que obliga al etiquetado braille de los bienes y productos de consumo, que entró en vigor al día siguiente. La nueva ley, a instancias del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que lo planteó en el Senado —y así fue asumido por los grupos políticos—, incorpora una disposición adicional sobre etiquetado inclusivo.

Por primera vez llegaba al ordenamiento jurídico el deber de incluir el braille al etiquetado de productos de consumo, una vieja reclamación de asociaciones de pacientes y entidades como la ONCE. Para elaborar el proyecto de real decreto que ordena la Ley, el Ministerio de Consumo y el CERMI, con la participación de la ONCE, han constituido un grupo de trabajo para avanzar en la preparación de la norma reglamentaria que este lunes sale a consulta pública.

El Parlamento de Navarra estudiaba el pasado marzo un plan pionero en España de salud visual y prevención de la ceguera. Una iniciativa que pone el foco en el diagnóstico temprano, la investigación, la mejora de recursos tecnológicos y económicos y la rehabilitación. Se estima que un millón de españoles padece una discapacidad visual. El 80% de los casos podría evitarse con medidas de prevención. La iniciativa navarra pretende servir de guía para el desarrollo de una hoja de ruta a nivel nacional, según explicaban a El Periódico de España fuentes de la Asociación Mácula-Retina, de pacientes y familiares afectados por patologías degenerativas, la impulsora de la iniciativa.

HISTÓRICO

Enlaces internacionales