Audiencia avala la condena a 3 años por agredir a hombre con bandera española.

, | 9 octubre, 2022

Cope.- La Audiencia de Barcelona ha confirmado la condena a tres años y nueve meses de cárcel a un independentista que en 2018 participó en la agresión en el metro de Barcelona a un hombre que viajaba con una bandera española tras acudir a una manifestación del sindicato policial Jusapol.

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La Audiencia de Barcelona ha confirmado la condena a tres años y nueve meses de cárcel a un independentista que en 2018 participó en la agresión en el metro de Barcelona a un hombre que viajaba con una bandera española tras acudir a una manifestación del sindicato policial Jusapol.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la sección octava de la Audiencia de Barcelona desestima el recurso interpuesto por Abel. M.C., y confirma en toda su integridad la condena dictada por el juzgado penal 2 de Barcelona, que también ordenó al independentista que indemnizara a la víctima con 9.000 euros.

Los hechos ocurrieron el 10 de noviembre de 2018, cuando la víctima -que no era policía- se disponía a regresar a su casa en metro tras haber participado en una manifestación de la asociación sindical Jusapol, y fue agredido por exhibir una bandera española y una gorra con un escudo de España.

La sala concluye que las pruebas que incriminan al acusado tienen una «entidad suficiente» para desvirtuar su presunción de inocencia, ya que se ha acreditado «debidamente» que se puso de acuerdo con otra persona -huida de la justicia- para atacar a la víctima, representada en este procedimiento por el abogado Javier Aranda.

Según la Audiencia, las alegaciones «no desvirtúan el exhaustivo, minucioso y detallado examen» realizado por la juez de lo penal de que existió una «actuación coordinada» del acusado y la persona huida para cometer la agresión, «con independencia del reparto de acciones».

Además, considera probada la existencia de la agravante de discriminación, ya que el motivo de la agresión fue el «enfrentamiento ideológico» con la víctima, lo que ve corroborado por las publicaciones del acusado en las redes sociales, con expresiones como «putos parásitos españoles/equidistantes», «a quemar embajadas Puta España», «Odio eterno para España» y «madero bueno madero muerto».

Pese a que Abel. M.C alegó que pertenecer a una ideología no puede ser automáticamente usado para determinar que actuó por motivo de discriminación, la sala concluye que en este caso no es que haya ideologías «totalmente enfrentadas», sino que «no existe otro motivo para la comisión del delito», pues los agresores «no conocían a la víctima» y existen «numerosos indicios» de su «desprecio» a la ideología que abandera la unidad de España.

Según la sentencia, el acusado, que iba con una persona actualmente huida de la justicia, actuó guiado por sus «postulados independentistas de corte anarquista», ya sentía «animadversión» hacia quienes se identificaban con el sentimiento de pertenecer a la nación española y participaron en un acto de exaltación de estos sentimientos, como el de Jusapol.

De esta manera, con la «única finalidad» de causarle un daño corporal a la víctima, ambos le siguieron hasta la estación de metro de Urquinaona, donde, una vez en el interior, dividieron sus papeles, de forma que uno de ellos -el fugado-, le empujaría por las escaleras, mientras que el acusado vigilaría el entorno para asegurar el «éxito» de la acción y para intervenir si era necesario.https://1cf14cd4f8e089cce9a1ab9bc5040fb8.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-38/html/container.html

Siguiendo este plan, al llegar a un rellano, el compañero del acusado esperó a que la víctima se hallara al borde de las escaleras y le propinó un fuerte empujón por la espalda, que provocó que cayera rodando hasta impactar frontalmente contra el suelo.

Una vez logrado su objetivo, los dos agresores huyeron escaleras arriba dejando a la víctima tendida y malherida en el suelo.

Un vigilante de seguridad pudo atrapar al agresor que había empujado a la víctima cuando estaba ya justo en el acceso a la calle, aunque logró zafarse con la ayuda de su compañero y ambos se dieron a la fuga.

En su recurso contra la condena, el acusado alegó que las filmaciones de las cámaras de seguridad del metro no fijan de una «forma clara y fuera de toda duda razonable» que estuviese involucrado en la agresión, ya que no se le ve participando directamente en el empujón.

Además, el acusado argumentó que, si bien conocía al otro agresor, no era cierto que se hubiesen puesto de acuerdo para seguir a la víctima y agredirla.

Por el contrario, la Audiencia de Barcelona considera que sí existe un «acuerdo de voluntades» entre ambos: hay fotografías en que aparecen juntos en una contra-manifestación a la concentración de Jusapol, llegaron juntos al metro y no solo vio «con toda claridad» el empujón sino que no lo impidió y además ayudó a huir a su compañero.

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