La víctima de la Arandina pedirá a la Fiscalía que denuncie la difusión de sus audios en redes sociales

| 18 diciembre, 2019

La Agencia Española de Protección de Datos denuncia a Twitter a varios usuarios que habían difundido los audios y se plantea abrir sanciones. Algunos tuiteros avisan a la menor que han certificado los mensajes borrados para que puedan ser utilizados como pruebas en un proceso judicial

MARISA KOHAN. PÚBLICO.- Este miércoles la acusación particular, es decir, la menor y sus representantes legales, pedirá al Ministerio Fiscal que denuncie la difusión de los audios de la víctima de la Arandina que se han distribuido masivamente sin su consentimiento en redes sociales desde que el pasado 12 de diciembre se conociera el resultado de la sentencia.

Así lo ha afirmado a Público Luis Antonio Calvo, abogado de la organización Clara Campoamor, que ejerce la acusación popular en este caso. Tal como afirma este letrado, esta decisión se tomará este miércoles cuando se reúnan con la Ficalía en una vista que tendrá lugar en la Audiencia de Burgos, y aclaró que se trata de una denuncia que sólo el Ministerio Fiscal o la menor y sus representates estarían legitimados jurídicamente para tomar.

Con la difusión de los audios, varios usuarios de redes sociales (especialmente de Twitter), entre los que se encuentran políticos y periodistas, han intentado desprestigiar la declaración de la menor en sede judicial que acabó con la condena a 38 años de cárcel para cada uno de los tres acusados.

Hasta el momento la Fiscalía no ha actuado de oficio en este asunto, aunque por tratarse de una menor de edad, tendría competencias para ello. Fuentes de la Fiscalía General del Estado ha afirmado a Público que no lo han hecho porque la menor tiene edad suficiente para decidir dar un paso como este, porque la víctima tiene representantes legales y un letrado que la representa. En estos casos, afirma la Fiscalía, prefieren que sea la propia víctima la que decida de qué forma actuar. Distinto sería, afirman desde esta institución, que la menor estuviera en desamparo, sin representación legal o letrado que la represente. En ese caso, afirman, la actuación de oficio es obligatoria.

Este lunes los representantes legales de la menor han denunciado ante la Policía a un tuitero que había desvelado el nombre, la dirección y el correo electrolítico de la menor

Denuncia de la Agencia de Protección de Datos

No ha sido la única denuncia. Tal como ha confirmado a Público la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), este lunes esta institución pública denunció a Twitter diversas cuentas que habían distribuido los audios de la víctima. No lo hizo de oficio, sino tras una denuncia recibida por esta agencia. Tal como explican fuentes de la AEPD, si bien la denuncia recibida no se realizó utilizando el canal prioritario que esta institución puso en marcha el pasado mes de septiembre para comunicar la difusión de contenido sensible, la agencia lo trató de forma urgente. «Hemos remitido a Twitter unas medidas cautelares previstas en la ley española de protección de datos para evitar la continuidad del tratamiento», explican fuentes de la institución, que afirman que la respuesta de la red social fue casi inmediata, puesto que en menos de 24 horas se habían eliminado varias de los mensajes denunciados.

Según afirman abogados expertos en protección de datos, es difícil distinguir cuándo un tuit ha sido eliminado por el propio usuario y cuándo es la red social la que lo hace por denuncia. 

Este lunes un artículo publicado en este diario alertó que la difusión de los audios constituían un delito que podía ser penado con hasta dos millones de euros de sanción y hasta cinco años de cárcel. Desde entonces muchos usuarios borraron su mensaje. 

Entre la denuncia de la AEPD y el temor a exponerse a una demanda, mensajes como el retuiteado del periodista Alfonso Ussia, desaparecieron de la red. También se borró el de una de las cuentas más activas en la difusión de los audios, un usuario que se presenta en Twitter como Mister Kalimotxo y al que había retuiteado la periodista y fundadora de Vox, Cristina Seguí.  Quién no ha eliminado su mensaje distribuyendo los audios es Bertrand Ndongo, diputado por Vox en el Congreso y popularmente conocido como «el negro de Vox», que al cierre de esta información seguía manteniendo un tuit con los mensajes de voz de Whatsapp de la menor, acompañados por un texto de Ndongo  que dice: «Lo ha conseguido, les han condenado a 38 años. Bravooooooooo. LA JUSTICIA! Vaya tela con ‘menor’ ?».

Todos ellos, se enfrentan ahora a una posible denuncia por delito de revelación de secreto, contenido en el código penal, o a sanciones por parte de la Agencia de proteccion de datos. 

La AEPD explicó a este diario que se está evaluando «la apertura de un procedimiento sancionador contra el o los usuarios responsables de haber realizado el tratamiento de los datos sin consentimiento». 

¿Borrar o no borrar? Esa es la pregunta

Si bien acabar con la difusión de datos que constituyen un delito es uno de los objetivos principales de la AEPD, el borrado de los mensajes compartidos en redes sociales puede ser también un problema, tal como explica Verónica Alarcón, abogada y socia de ePrivacidad

«Si la agencia lo que pide son medidas cautelares a la red social, como hizo en este caso, y Twitter elimina esos contenidos, la prueba desaparece y a los abogados y la víctima nos dejan sin pruebas para poder acudir a un procedimiento judicial y aportar pruebas al juez», afirma Alarcón.

Según esta experta, sería importante que antes de emprender una acción de borrado de los mensajes, la Agencia de Protección de Datos se pusiera en contacto con la víctima de alguna manera para que ésta pueda certificar los mensajes de las redes sociales, y que puedan servir como pruebas. 

«Entiendo el tema de evitar la difusión, pero cuando ya se ha producido el hecho, tal vez es más recomendable esperar a que la denuncia la presente la víctima o dar un tiempo prudencial o contactar de algún modo con la víctima para certificar ese contenido«.

La certificación es un procedimiento cada vez más utilizado. Consiste en certificar notarialmente el contenido de un mensaje de una red social. Tal como explica Alarcón, se puede hacer de varias formas. Una de ellas es mediante un notario, al que se le da una determinada URL (una dirección web) y éste levanta un acta, que es como una escritura y en ella da fe de que efectivamente un usuario ha difundido un contenido concreto. Esto suele ir acompañado de imágenes. «Da fe de que efectivamente en tal día y tal hora ese conetnido estaba publicado por esa persona», afirma Alarcón.

Otro mecanismo, tal como explica esta experta, es hacerlo con lo que se conoce como «terceros de confianza»: páginas web que son servicios de pago, donde copias una dirección web, la pegas en ese esa página web y te devuelve un documento en que certifica el contenido. Da fe de que ese contenido estaba en esa fecha de esa determinada manera.

Exactamente esto es lo que hicieron algunos tuiteros este martes. Desde varias cuentas anunciaron que habían certificado varios de los mensajes de twitter que habían sido borrado y los ponían a disposición de las autoridades o las propia víctima para que le sirviera de prueba si decidía denunciar los hechos o ponerlos en manos de la Fiscalía.

Tuits como el de Mister Kalimotxo, que fue borrado este martes o de Bertand Ndongo, así como otros que retuitearon los audios, pueden ser presentados como pruebas en caso de ser necesario.

«Una vez borrado el mensaje no sabes quién lo ha hecho: si ha sido el propio usuario o la red social por una denuncia. Y esto es importante en los procedimientos judiciales, porque si es el usuario quien lo borra, podría entenderse que intenta resarcir el daño o al menos parar esa difusión, lo que podría hacer disminuir la pena o la indemnización que se le imponga. Podría considerarse una forma de atenuante», concluye Alarcón.

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