Explicativo: una mujer trans fue asesinada en Playas del Coco

| 8 diciembre, 2020

LA VOZ DE GUANACASTE.- El domingo 6 de diciembre, Tati Quirós fue asesinada de balazos en su tórax en Playas del Coco, Carrillo. La noticia empezó a circular diciendo que la víctima era “un joven”, que era “indocumentado” y “travesti” y cada publicación estaba acompañada de una foto de ella: una mujer trans.

“¿Es necesario publicar una foto de la persona fallecida?”, “¿cuál es la necesidad de mencionar su orientación sexual?”, “¿por qué dice que ‘un joven’ y publica una foto de una mujer?”, se leía en decenas de comentarios. Alrededor de las preguntas, una serie de respuestas y discusiones. 

En La Voz quisimos profundizar en el tratamiento informativo del crimen y de la dignidad de la víctima, que era parte de la población sexualmente diversa. A continuación, les traemos una serie de explicaciones que toman en cuenta las preguntas de usuarios en redes sociales. 

1. Primero que todo, ¿era necesario publicar la foto? 

El consultorio ético de la organización periodística latinoamericana Fundación Gabo explica que, en casos de muertes, los medios informativos deben evitar publicar fotografías de los cuerpos fallecidos, “por razones de respeto a la persona y a sus familiares y amigos”. 

En cambio, dice la organización, “se prefiere publicar la fotografía de esa persona en vida”. Podríamos pensar que publicar la foto de Tati Quirós no estuvo mal, sin embargo, hay una consideración relevante: la fotografía nunca debe contribuir al morbo. 

En este sentido, vale la pena preguntarse una vez más cuál fue la intención de compartir la foto de Tati Quirós y, aún más, por qué elegir esa foto que está circulando masivamente en páginas de redes sociales y grupos de Whatsapp de la provincia. 

La comisionada de la población LGBTIQ+ de Casa Presidencial, Margarita Salas Guzmán, considera que en este caso la fotografía la sobresexualiza a ella, es decir, le da una sobrecarga sexual. 

“El plano es en picada, enfoca su boca, sus senos y su cintura. Esta no es la manera en la que se tomaría la fotografía de una persona, no es un plano frontal”, apunta. 

“¿Qué es lo que está implicando el medio que publica esto, cómo quiere que esta persona sea percibida?”, se cuestiona también Salas Guzmán.

¿Es esta la manera en que su familia y personas cercanas quieren que ella sea recordada? No lo creo. Es importante respetar el dolor y la pérdida de las personas cercanas y la familia”, agrega. 

Para la coordinadora de incidencia política de la Asociación Transvida, Samantha Araya Manzanares, “buscaron la foto más hipersexualizada para ilustrar una nota amarillista”. 

Y agregó: “nosotras nos hemos destacado por hacer conciencia ante la sociedad y hacerles ver que nosotras tenemos derecho a salir adelante, subsistir, tener una mejor calidad de vida y un trabajo digno”. 

2. ¿Cuál es la necesidad de mencionar su orientación sexual? 

Para responder esta pregunta, primero debemos entender la definición de dos conceptos: la orientación sexual y la identidad de género. 

La orientación sexual hace referencia a la atracción física o emocional de las personas, es decir, si siente atracción por una persona del mismo sexo (homosexual), del sexo opuesto (heterosexual), de ambos sexos (bisexual) o de ninguno (asexual). 

En cambio, la identidad de género es el sentir de cada persona, que puede identificarse con un género distinto a sus características sexuales o fisiológicas. Por ejemplo, una persona que nació con genitales masculinos pero que se identifica como mujer. 

Aquí es donde encontramos a las personas transgénero y transexuales

Las transgénero son las que tienen su identidad y expresión de género distinto a su cuerpo biológico, pero no han atravesado ningún tipo de intervención en el cuerpo para cambiarlo al sexo opuesto. Mientras que las transexuales son quienes modifican sus cuerpos para que su sexo coincida con su identidad de género.

Sin embargo, las personas trans (sean transgénero o transexuales) han manifestado que quieren ser llamadas solo como personas trans. “Es una sombrilla que abarca otras categorías”, apuntó Araya Manzanares. 

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3. Pero entonces, ¿era relevante conocer su identidad de género? 

Primero, hay que entender que su identidad de género debe ser respetada siempre. Para Salas Guzmán, la comisionada LGBTI, lo más grave del tratamiento informativo es que esto se haya irrespetado. 

No hay ningún motivo por el cual tengan que tratarla en masculino”, agrega Salas Guzmán. “Es una persona que ha asumido su identidad como mujer trans”. 

Incluso, algunas guías de tratamiento informativo sobre la diversidad sexual indican que es irrelevante indicar que es una persona trans a menos de que esa información sea importante para entender un hecho, en este caso el delito. 

Es decir, en este suceso sería importante indicar que es una mujer trans si en el motivo del asesinato medió su identidad de género, lo cual lo convertiría en un crimen de odio o en un transfemicidio. 

4. Crimen de odio y transfemicidio, ¿qué son y cómo se juzgan en Costa Rica? 

Un crimen de odio es la exclusión, discriminación o violencia física contra una persona o un grupo por género, raza, etnia, religión, condición física, orientación sexual, identidad de género, expresión de género o idiología política, explica un análisis de Hivos y el Mecanismo Coordinador del Pais (MCP).

Sin embargo, los crímenes de odio no están tipificados en la legislación costarricense (con excepción de los femicidios, que son los homicidios de mujeres en razón de su género). 

Al no haber una tipificación del crimen de odio en función de la identidad de género u orientación sexual, estos terminan siendo juzgados como homicidios y no denotan la carga de odio o discriminación que conllevan. 

Los transfemicidios son los femicidios cometidos en perjuicio de las mujeres trans. Sin embargo, tampoco están clasificados así dentro de la legislación. 

“El femicidio de mujeres trans es invisibilizado aun si es cometido por su pareja o ex pareja dentro de los parámetros de Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres”, apunta Hivos y MCP en su análisis sobre los crímenes de odio motivados por la identidad de género y orientación sexual en Costa Rica. 

Según el mismo documento de Hivos y MCPninguna institución del país lleva un registro paralelo que permita cuantificar los crímenes de odio, lo cual genera una invisibilización de la realidad que viven las personas de la población LGBTIQ+. 

Según detalló Salas Guzmán, hay dos proyectos de ley en comisiones de la Asamblea Legislativa para tipificar crímenes de odio. La Voz encontró el 22.171, que está en comisión de derechos humanos, y el 20.174, que está en etapa de mociones en el plenario. 

5. ¿Y el detalle de que es una persona indocumentada?

Para la comisionada LGBTI, “es irrelevante para los hechos del asesinato salvo que se sospeche que ese es el motivo [del asesinato]”. 

Y agrega: “pero en un país como Costa Rica es extremadamente estigmatizante plantear que se trate de una persona nicaragüense indocumentada porque esto refuerza los estereotipos de xenofobia”. 

6. ¿Y qué va a pasar ahora con el asesinato de Tati Quirós? 

La Fiscalía de Santa Cruz comunicó que el sospechoso del homicidio, de apellidos Martínez Acuña, estará en prisión preventiva por tres meses. El caso avanzará en etapa de investigación, recolección y análisis de pruebas en el expediente 20-001449-0800-PE.

“Esperamos que todo el rigor de la ley caiga ante esa persona que es culpable de quitarle la vida e ilusiones a una joven de 21 años”, manifestó Araya Manzanares. 

También agregó que esto es un recordatorio de la violencia cotidiana que viven las personas trans. 

“Nosotras siempre hemos sido excluidas, señaladas y estigmatizadas por la sociedad, al extremo de que nos cazan por deporte”, recordó la coordinadora de incidencia política de Transvida, Araya Manzanares.

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