En Euskadi no será necesario un informe médico o psiquátrico para acreditar la transexualidad

| 16 mayo, 2019

El Parlamento Vasco aprobará una ley para reconocer la transexualidad sin necesidad de diagnóstico médico o tratamiento. En el texto, se argumenta que la transexualidad «no es un trastorno», sino que forma parte de la diversidad humana

MAIALEN FERREIRA. ELDIARIO.ES.- Las personas transexuales ya no requerirán de un informe médico o psiquiátrico ni seguir un tratamiento para acreditar su transexualidad. Así lo determina la nueva proposición de ley, aprobada en el Parlamento Vasco, que reforma el artículo 3 de la ley actual de 2012. A pesar de que esta ley fue pionera en su momento, pedía que las personas tenían que acreditar su transexualidad mediante un informe psiquiátrico.

El Parlamento vasco ha dado así el primer paso para que las personas transexuales no sean tratadas como si estuvieran enfermas.

Según la Asociación de Familias de Menores Transexuales Naizen, la anterior ley vasca quedan «obsoleta». La nueva norma que tendrá Euskadi la comparan con la legislación actual de Navarra –que data en 2016 y en la que la primera atención con la persona la hace una educadora social que atiende los casos de forma individual y no un médico o psiquiatra- o con el hecho de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) haya excluido la transexualidad de su lista de trastornos mentales

En el texto, cuya aprobación en el Parlamento Vasco está garantizada, se argumenta que la transexualidad «no es un trastorno», sino que forma parte de la diversidad humana, por lo que, al igual que la identidad sexual, «no se puede diagnosticar». De esa forma, la nueva redacción del artículo 3 de la ley establece que «la noción de transexualidad hace referencia a la situación por la que el sexo que se le supuso al nacer a una persona, en atención a sus genitales, no coincide con el sexo que esa persona siente y sabe que es». 

«La transexualidad no se puede diagnosticar»

El documento prosigue diciendo que «la transexualidad, por lo tanto, sólo puede conocerse a través de la escucha de lo que la persona libremente expresa y, al igual que la identidad sexual, no se puede diagnosticar», dado que «no es una enfermedad, un trastorno o una anomalía, sino que forma parte de la diversidad humana». 

“Nuestra reivindicación primera –que no la única- era que se dejara de trasladar esa visión patologizante en la ley. Eso es lo que se ha conseguido mediante la modificación del artículo 3. Ese es un primer paso, pero no nos vamos a quedar ahí», ha indicado a eldiarionorte.es Beatriz Sever, miembro de Naizen y madre de un niño que en su momento creyeron que era niña. «Seguimos negociando para modificar el resto de la ley, que tiene todavía muchas más cosas por las que trabajar, puesto que es una ley antigua y además muy breve. Aun así, para nosotros es motivo de celebración, es un paso adelante. Estamos súper contentos y agradecemos a los partidos su implicación”,

El texto se ha firmado por todos los grupos parlamentarios salvo el PP y tiene garantizada su aprobación en la Cámara autonómica, dado que las cuatro formaciones firmantes suman 66 de los 75 escaños del Legislativo. Se trata de una reforma de la Ley de No Discriminación por Motivos de Identidad de Género y de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Transexuales. 

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