Sancionan a guardia civil que descuidó a una víctima machista en riesgo alto

| 13 noviembre, 2019

EFE. LA VANGUARDIA.- El Tribunal Militar Central ha confirmado la falta grave de un guardia civil de Novelda (Alicante) que descuidó la protección policial de una víctima de violencia de género en nivel alto de riesgo a causa del caso omiso que su expareja hacía de la orden de alejamiento.

Así consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que ratifica la pérdida de empleo y sueldo durante cinco días a un guardia civil del municipio alicantino a quien correspondía la vigilancia de Marisa (nombre ficticio), registrada en el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (VioGén).

El tribunal da por probado que a ese agente le correspondía vigilar a la mujer después de que la sargento jefe del instituto armado en la localidad le asignara su caso en el reparto de víctimas con el objetivo de evaluar su riesgo, entonces fijado en el nivel medio.

Fue en marzo del pasado año, tras la segunda denuncia de Marisa, cuando el agente -con el seudónimo de Juan Ramón- desconocía el elevado nivel de riesgo de la víctima, que había denunciado por vez primera a su compañero sentimental en septiembre de 2016.

El agente, según la sentencia, «debió de realizar una valoración en el plazo de siete días, fijando el límite en el 1 de abril de 2018», pero la sargento jefe se percató de que Juan Ramón había incumplido su cometido «por encontrarse saliente de servicio».

Los hechos probados relatan que al caducar el seguimiento esta víctima de violencia machista tuvo miedo por su seguridad, pues «el agresor acababa de salir del centro penitenciario y había realizado continuas transgresiones de la medida cautelar impuesta», como declaró el teniente jefe de la Guardia Civil en Novelda.

Con carácter urgente se asignó el caso a otro guardia civil, para a continuación ser de nuevo transferido a un tercero, que ratificó la situación de alto riesgo de la víctima.

Explica el tribunal que el sistema VioGén «daba problemas en el señalamiento en rojo de la campana de alarma» encargada de avisar sobre la fecha de caducidad de cada revisión, aunque el día en que le tocó Juan Ramón sí aparecía correctamente en la pantalla.

Aún así, precisa la sentencia que la superior había aleccionado a los agentes de la Benemérita en Novelda, y entre ellos al agente sancionado, sobre cómo manejar la aplicación y actuar ante los fallos de la misma.

Tras la sanción de pérdida de cinco días de haberes con suspensión de funciones impuesta por un general jefe de la Benemérita en Valencia, el agente presentó un recurso en el que aducía que se trataba de una falta leve porque desconocía la denuncia al estar de permiso.

Esta sentencia es recurrible ante el mismo órgano judicial en el plazo de treinta días para que pueda ser revisada por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.

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