Las agresiones sexuales fuera de las relaciones de pareja se considerarán actos de violencia de género

| 8 enero, 2020

La legislación actual define la violencia de género como la que perpetra un hombre sobre una mujer con la que ha tenido una relación de pareja o sobre los hijos de ella

EUROPA PRESS. LA VANGUARDIA.- El Gobierno ha emitido a distintas instituciones y administraciones una nueva instrucción que obliga a considerar oficialmente a las víctimas de agresiones sexuales o cualquier otra forma de violencia contra la mujer como víctimas de violencia de género, con todas las consecuencias legales que eso conlleva.

Tal y como ha informado la Delegación del Gobierno en Andalucía, la instrucción ha sido emitida conjuntamente por los ministerios de Presidencia e Igualdad, Interior, Justicia, Política Territorial y Trabajo. En ella, se obliga a ampliar el concepto de víctima de violencia de género, con independencia de que exista o haya existido relación sentimental con el agresor. La nueva instrucción conjunta fue aprobada por el Gobierno central el pasado 4 de noviembre, aunque se ha conocido este miércoles, y responde a los compromisos adquiridos por España en la ratificación del Convenio de Estambul en 2014.

La nueva instrucción conjunta fue aprobada por el Gobierno central el pasado 4 de noviembre, aunque se ha conocido este miércoles

La legislación actual, a través de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género de 2004, define la violencia de género como la que perpetra un hombre sobre una mujer con la que ha tenido una relación de pareja o sobre los hijos de ella.

Hasta el momento no están incluidos en esta categoría otros tipos de violencia contra las mujeres que sí están reconocidos en el Convenio de Estambul, como los asesinatos perpetrados por desconocidos, las agresiones sexuales, la trata con fines de esclavitud, el matrimonio forzoso o la mutilación genital femenina.

Asimismo, tal y como informa la Delegación del Gobierno, se incluirán en las estadísticas oficiales los casos de aquellas mujeres asesinadas por razón de género o tras una agresión sexual, y así no solo constarán los casos de mujeres asesinadas por parejas o exparejas.

El registro oficial de víctimas mortales por violencia de género es una base de datos que realiza la Delegación del Gobierno y suma ya 1.034 mujeres asesinadas desde el 1 de enero de 2003 hasta la actualidad. Desde el mes de octubre de 2018, el organismo dependiente del Ministerio de Igualdad está trabajando en la recogida de datos estadísticos de los casos de asesinatos y homicidios de mujeres fuera del ámbito de la pareja o expareja.

Así lo informó la Delegación, que envió una circular a todas las Unidades de Coordinación y de Violencia sobre la Mujer para ello. Sin embargo, un año después del anuncio, esa estadística no se ha hecho pública y desde la Delegación del Gobierno insisten en que están recopilando y tratando estadísticamente los datos.

“Con todas las consecuencias legales”

“Estas víctimas serán a partir de ahora consideradas oficialmente víctimas de violencia de género con todas las consecuencias legales”, ha explicado el delegado del Gobierno en Andalucía, Lucrecio Fernández. Según ha apuntado, esto implica que, por ejemplo, los hijos menores de éstas tengan acceso al sistema de ayudas por orfandad y pensiones y “entren en el circuito asistencial que les protege haya tenido o no su madre una relación sentimental con su agresor”.

Además, ha asegurado que con estas nuevas competencias se podrá recabar y enviar información a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género “sobre casos alarmantes de agresiones sexuales como los de las manadas sucedidos el pasado año.

El delegado ha trasladado el contenido de la nueva instrucción del Gobierno a los Jefes Superiores de Policía Nacional de Andalucía Occidental y Oriental, junto a sus jefes de Unidades de Atención a la Familia y Mujer (UFAM), entre otros mandos de Extranjería y de Trata de Seres de Policía Nacional, y otros responsables.

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