Lanza, condenado a 5 años de cárcel por el crimen de los tirantes, saldrá de prisión en junio

, , | 26 noviembre, 2019

El acusado cumplirá dentro de unos días dos años en prisión provisional por la muerte de Víctor Laínez, por lo que el juez ha decidido que permanezca en Zuera hasta junio de 2020, cuando se cumplirá la mitad de la pena impuesta

M.A. COLOMA / MARTA GURÚ. HERALDO.- Rodrigo Lanza Huidobro, el antisistema acusado y juzgado por el llamado crimen de los tirantes, podrá salir el próximo mes de junio de la cárcel de Zuera, donde lleva ya casi dos años por la muerte de Víctor Laínez, ocurrida el 12 de diciembre de 2017, cuatro días después de la violenta agresión que sufrió en el bar Tocadiscos de Zaragoza. Así lo ha decidido el magistrado-presidente del jurado, José Ruiz Ramo, tras imponerle una condena de cinco años de prisión y una indemnización de 200.000 euros.

El jurado declaró a Lanza culpable de un delito de lesiones dolosas en concurso con otro de homicidio imprudente, con las circunstancias agravantes de alevosía y de cometer el delito por odio ideológico, y la atenuante de arrebato. El tribunal no apreció que fuera autor de un asesinato, como pedían las Físcalía y las acusaciones particular y popular.

Pese a considerar acreditado que el acusado atacó y golpeó en la cabeza a la víctima cuando estaba de espaldas, el tribunal popular concluyó que la causa más probable de su muerte no fue esta violenta agresión, sino el impacto del cráneo de Laínez contra el suelo.

Obligadas por el relato de hechos que el jurado declaró probados, las partes tuvieron que ajustar sus escritos definitivos de calificación. Así, mientras la defensa, a cargo del letrado Endika Zulueta, solicitó lo mínimo, un año de prisión, el Ministerio Público, representado por Ana Cabeza, el abogado de la familia del fallecido, Juan Carlos Macarrón, y el de Vox, David Arranz, pidieron el máximo, 12 años.

Finalmente, el magistrado ha condenado a Lanza por las lesiones dolosas que recoge el artículo 148.2 del Código Penal. En él se establecen penas de entre dos y cinco años para quien, actuando con alevosía, causa lesiones que menoscaben la integridad corporal de una persona. 

El juez ha optado por la mitad superior en su grado máximo ya que, además de las circunstancias agravantes que apreció el jurado, entiende que al individualizar la pena debe aplicarle la de reincidencia, dado que Lanza ya fue condenado en junio de 2009 por delitos de lesiones y los antecedentes aún no se han cancelado.

El magistrado dedica un amplio apartado de la sentencia a explicar por qué concurre la agravante de obrar por causas ideológicas o políticas. Además de recordar que el inicio del conflicto fue una conversación previa entre Laínez y Lanza en la que se hizo referencia a la ideología –salieron adjetivos como facha, fascista o nazis– por una parte, y a la nacionalidad –sudaca, extranjero– por otra. 

Para el magistrado, esta cuestión es clave, puesto que ninguno de ellos se conocía con anterioridad y solo el intercambio de esas palabras desencadenó la agresión.

«En efecto, Lanza actuó con la exclusiva finalidad de vindicar su ideología, al margen de cualquier consideración personal. La selección de la víctima se produjo sencillamente por su simbología o estética», recoge el fallo judicial.

Nada más escuchar el veredicto del tribunal popular y teniendo en cuenta que llegaba a la conclusión de que lo ocurrido era un delito de lesiones en concurso con otro de homicidio imprudente, el letrado Endika Zulueta propuso al juez que dejara en libertad a su cliente, sobre todo teniendo en cuenta que el próximo 10 de diciembre cumplirá dos años en prisión provisional, plazo máximo, salvo prórroga especial, que permite la ley,

Todas las acusaciones se opusieron a su petición y Ruiz Ramo anunció que se pronunciaría sobre esta cuestión en sentencia. Ahora, dado que la condena es de cinco años y que la ley prevé la prórroga de la prisión provisional hasta el límite de la mitad de la pena efectivamente impuesta –aun cuando la sentencia hubiese sido recurrida, como anunciaron las partes– «a la vista de la gravedad de los hechos imputados y la peligrosidad del acusado» lo mantiene en prisión hasta ese límite, que se cumple el 10 de junio.

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