La igualdad de la mujer, faro que ilumina la nueva ley del Deporte

, | 27 diciembre, 2018

El primer Consejo de Ministros de 2019 tiene previsto estudiar un anteproyecto en el que el reconocimiento de los derechos de las deportistas ocupa un lugar central

CARLOS ARRIBAS. EL PAÍS.- El gran problema del deporte femenino en España no es la tremenda falta de visibilidad mediática a que está condenado sino la falta de igualdad ante la ley que sufren las deportistas. El primer compromiso de la secretaria de Estado para el Deporte, María José Rienda, cuando tomó posesión en junio pasado fue una nueva Ley del Deporte que acabara con el problema y en apenas tres meses de trabajo, una comisión de expertas y expertos (paritaria: tres mujeres y tres hombres) ha redactado un anteproyecto que, según las previsiones del Gobierno, el ministro de Cultura y Deportes, José Guirao, debería presentar el 11 de enero en el primer Consejo de Ministros de 2019.

El texto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, garantiza la igualdad de la mujer, marginada en la ley vigente desde 1990. La nueva ley pretende adaptar la norma a un deporte mucho más desarrollado y profesionalizado que hace tres décadas, y también subraya los derechos de los deportistas con discapacidad, los del colectivo LGTBIQ (lesbianas, gais, transexuales, bisexuales, intersexuales y los que están explorando su identidad sexual) y la lucha contra la violencia contra las mujeres. La propuesta legislativa llega al Gobierno después de que las federaciones hayan tenido un acceso parcial a su contenido, una forma de proceder que subraya el deseo de independencia y el sometimiento de las federaciones a las decisiones del Estado. También se ha desarrollado un gran trabajo en sesiones abiertas en Congreso y Senado con deportistas, comité paralímpico y Ligas profesionales. “El deporte de alto nivel y la representación del deporte español son cuestiones de interés público”, es uno de los principios rectores de la ley que consagra una suerte de estatuto del deportista, según se lee en su preámbulo.

La ley de 1990 solo reconocía la obligación de ser profesionales a las ligas masculinas de fútbol de primera y segunda división y la Liga ACB de baloncesto. Los derechos laborales de los demás deportistas y de todas las mujeres dependen de la voluntad de sus empleadores, pues la ley no obligaba a fijar un convenio colectivo que debían respetar ambas partes. Las mujeres, en particular, no están sujetas a contratos laborales, sino administrativos, de falsas autónomas, con lo que carecen de seguridad social por cuenta de la empresa y demás derechos que gozan todos los trabajadores, incluida la baja maternal o las bajas por enfermedad o lesión, que no se contemplan en los contratos.

El anteproyecto que deberá aprobar el Gobierno de Pedro Sánchez establece en su preámbulo que “la ley permite que las distintas modalidades y especialidades deportivas, con independencia del sexo de sus deportistas, puedan ser profesionales en unas condiciones que garanticen la viabilidad y estabilidad de las competiciones en las que participen”. Fija, así mismo, la obligatoriedad de equilibrar la presencia de hombres y mujeres en los órganos directivos de las federaciones y demás entidades deportivas. Entra con fuerza en el asunto del embarazo y las bajas maternales de las deportistas y se legisla por primera vez que deben ser iguales los premios para hombres y mujeres.

Para garantizar todo ello se proponen una nueva definición de deportista profesional y una nueva categoría de competiciones, llamadas “profesionalizadas”, un escalón intermedio entre las profesionales y las amateur. El concepto de deportista profesional, que antes se limitaba solo a aquellos que tenían una relación laboral por cuenta ajena y que en la nueva ley se abre a “todos aquellos que perciban ingresos por participar en competiciones deportivas de forma habitual, ya sea por cuenta propia o ajena”. Las competiciones profesionalizadas podrán ser organizadas por las federaciones o entidades privadas e incluirá a todas aquellas, como las Ligas femeninas de fútbol, baloncesto, balonmano o voleibol, que tienen un volumen económico relevante pero insuficiente. Los deportistas profesionales que participen en competiciones profesionalizadas gozarán de los mismos derechos que los de las ligas profesionales.

“Tampoco podía mantenerse el Estado sin respuesta ante la merma de derechos que las mujeres deportistas sufren al quedarse embarazadas, tales como la pérdida de ayudas y subvenciones con el pretexto de no haber competido, reducción de sus derechos como miembros de entidades deportivas como pérdida del derecho a voto en las Asambleas Generales de las federaciones deportivas, así como las dificultades manifiestas a la hora de la conciliación y la reincorporación a la actividad deportiva tras la maternidad”, se explica en su preámbulo. “Para ello, las deportistas mantendrán sus derechos de voto aun cuando no cumplan los requisitos establecidos en la Ley y conservarán sus derechos como deportistas de alto nivel una vez transcurrido este periodo”.

Inclusión de discapacitados

Las federaciones de deportistas discapacitados deberán integrarse en la federación que corresponda a la modalidad de deporte que practiquen, siempre que la inclusión la practique la correspondiente federación internacional, para aprovechar las estructuras de la federación para hacer crecer el deporte y para consagrar la igualdad del colectivo en el acceso a la práctica y a la competición deportiva. Actualmente, solo 10 federaciones internacionales, garantizan la inclusión en sus estructuras de los deportistas discapacitados: canoa, ciclismo, curling, hípica, remo, tenis, tenis de mesa, tiro con arco, triatlón y vela.

La nueva ley, por otra parte, mantendrá el carácter público de las licencias deportivas emitidas por las federaciones para controlar “el respeto a los derechos de los deportistas menores de edad o extranjeros, así como a toda expresión de género, orientación e identidad sexuales a la hora de concederlas o denegarlas”.

Después de ser aprobado en Consejo de Ministros, el anteproyecto de ley deberá recorrer un larguísimo camino administrativo y legislativo antes de ser convertido en ley por el Congreso de los Diputados. 

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