La Fiscalía pide al Gobierno que clarifique los supuestos de delitos de odio

| 15 febrero, 2018

Sánchez Melgar cree que este tipo penal “requiere una gran acotación” en el Código Penal

LUIS B. GARCÍA. LA VANGUARDIA.- Es una debate candente. Los numerosos casos con que se ha acusado a artistas, personas desconocidas o usuarios de las redes sociales por delitos de odio que rozan la frontera de la libertad de expresión ha hecho que se hayan producido casos que han generado cuanto menos controversia. Es por eso que el fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar, ha reclamado al Gobierno que clarifique los supuestos por los que se puede acusar por este tipo penal que recoge el artículo 510 del Código Penal.

Durante un desayuno informativo organizado por Europa Press, el responsable del Ministerio Públicao ha hecho hincapié en que en “las redes sociales no puede decirse cualquier cosa” porque “frente a libertad de expresión está el honor de las personas”, pero ha lamentado que las expresiones que pueden constituir delito de odio en estos canales son “tan etéreas como el medio en que se desenvuelve”. Es por eso que se necesita una clarificación.

Delitos de odio“Las pautas del Código Penal se puedan clarificar más y saber a qué atenerse a la hora de acusar o no”

Esta clarificación debería llevarla a cabo el Gobierno, de manera que “las pautas del Código Penal se puedan clarificar más y saber a qué atenerse a la hora de acusar o no”. En concreto, para el fiscal general del Estado, la situación generada “requiere una gran acotación los delitos de odio” en la legislación española. A partir de aquí, Melgar ha reusado referirse a casos particulares que están en manos de los juzgados, como el del joven que retocó una fotografía de un Cristo en la que se identifica su cara.

El Código Penal que entró en vigor el pasado 1 de julio de 2015, daba una nueva definición al delito de incitación al odio y a la violencia, estableciendo penas de hasta 4 años de prisión para quienes “fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”.

“Habría que revisar” la legislación sobre la responsabilidad penal del menor para hacer unos “retoques” en materia de sanciones por delitos sexuales y acoso

Más allá de este debate, el fiscal general se ha referido a otras cuestiones que suscitan debate, como la legislación del menor. En concreto, Melgar ha opinado que “habría que revisar” la legislación sobre la responsabilidad penal del menor para hacer unos “retoques” en materia de sanciones por delitos sexuales y acoso. El fiscal ha subrayado que las posibles modificaciones no deben ir en el sentido de rebajar la edad penal, después de los últimos casos de agresiones sexuales y asesinatos cometidas por menores y de que el propio Ministerio Fiscal alertara en su última memoria anual de un aumento sin precedentes de los delitos de esta índole perpetrados por niños y adolescentes.

“Estamos trabajando en esto y el día de mañana a lo mejor habrá que realizar retoques a esta legislación, no en materia de edad, sino en sanciones y asistencia a los menores”, ha aseverado, para añadir que hay una “profunda preocupación” en la Fiscalía sobre este asunto.

Caso PúnicaLas acusaciones “sin pruebas” que llevan a una “difamación” de determinadas personas no deben salir “gratis”, por lo que defiende una reforma legislativa que imponga sanciones.

En el ámbito político, Melgar ha hecho referencia velada sobre el caso Púnica, en que el ex secretario general del PP de Madrid Francisco Granados implicara en sede judicial, aunque sin pruebas, a Esperanza Aguirre, a Cristina Cifuentes y a Ignacio González en la presunta financiación irregular del partido. Ha advertido de que las acusaciones “sin pruebas” que llevan a una “difamación” de determinadas personas no deben salir “gratis”, por lo que ha defendido una reforma legislativa que imponga sanciones.

”Aquello que no es más que la palabra, que no es más que una mera defensa, no puede tener ningún valor”, ha afirmado, mientras que “toda persona que aporte pruebas, revelaciones con consistencia documental, tendrán algún objeto de valoración” por parte de la Fiscalía de cara a introducir algún posible atenuante en la condena.

En este sentido, ha reiterado que “las imputaciones se hacen con pruebas, no de forma gratuita”, pues lo que no se puede permitir es “difamar”. “Las difamaciones no deben ser gratuitas, deben ser pagadas, compensadas con una sanción”, ha subrayado. Por eso, Sánchez Melgar ha sugerido la posiblidad de realizar una reforma legislativa o “estudiar” cómo se podrían sancionar esas “difamaciones gratuitas”, ya que lo considera que es una “demanda social”.

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