La fiscal general pide una interpretación “proporcional” para delitos como el que se imputa a Dani Mateo

| 26 noviembre, 2018

María José Segarra reclama una «reflexión sosegada» sobre los delitos de odio

REYES RINCÓN. EL PAÍS.- La fiscal general del Estado, María José Segarra, ha pedido este lunes una “reflexión sosegada” sobre los delitos de odio para darles una respuesta penal “proporcionada, disuasoria y garantista”. Segarra ha hecho esta petición antes de la inauguración de unas jornadas en Madrid de especialistas en delitos de odio y casi a la misma hora que el homorista Dani Mateo comparecía en un juzgado de la capital como investigado por este delito (además de otro de ofensas o ultraje a símbolos de España con publicidad).

Los delitos de odio están recogidos en el artículo 510 del Código Penal, que en su forma más grave contempla penas de entre uno y cuatro años de cárcel para quien fomente públicamente el odio o la violencia contra una persona o un colectivo por motivos racistas, antisemitas, religiosos u otra circunstancia. Durante 2017, según la memoria de la Fiscalía, el ministerio público presentó 14 escritos de acusación por este tipo de conductas y se dictaron 29 sentencias. No hay datos exactos de cuántos de estos casos están protagonizados por usuarios de redes sociales, pero son “la mayoría”, según ha recordado este lunes Segarra, que ha alertado del «incremento de las agresiones por motivos racistas, discriminatorios o xenófobos como el discurso de odio en Internet». La fiscal ha recordado también que los menores, «grandes usuarios de las redes», se están convirtiendo «en partícipes y autores».

El PP modificó este artículo del Código Penal durante la primera legislatura de Mariano Rajoy para endurecer las penas de los delitos de odio cometidos a través de Internet, con la justificación de que multiplica su difusión y, con ello, el daño causado. Tras ese cambio, el castigo mínimo previsto en la ley cuando los hechos se lleven a cabo a través de un medio de comunicación social es de dos años y medio de cárcel. Esa modificación, según la fiscal general, no se ha traducido, sin embargo, en la creación «de una categoría unívoca de delitos de odio, que siguen diseminados por el Código Penal en distintas expresiones». Además, los nuevos tipos penales introducidos en esa reforma, “han creado difusos contornos” que, en opinión de la fiscal general, dificultan la detección de estos delitos “y quizá no permiten aflorar toda la variedad que presenta el fenómeno”. “Debemos buscar soluciones a su interpretación”, ha dicho Segarra.

 

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