El TSJPV reconoce discriminación salarial por género en Bilbao Kirolak

| 13 mayo, 2019

El personal administrativo, mayoría mujeres, cobra menos que el de mantenimiento

EUROPA PRESS. DEIA.- En un comunicado, el sindicato ha explicado que la sentencia declara nula la resolución del Juzgado de lo Social número 6 de Bilbao, que «rechazaba que la actuación empresarial conculcara dicho deber». 

El TSJPV entiende que «la coexistencia de dos categorías distintas en el mismo nivel salarial, con distintos salarios, es una práctica aparentemente neutra que constituye una discriminación indirecta por razón de sexo, ya que el más desfavorecido está integrado mayoritariamente por mujeres y el otro totalmente por hombres». Por ello, ha estimado la demanda de UGT. 

La central sindical ha señalado que esta sentencia, con fecha del 30 de abril, determina que esta «discriminación se produce por razón de género», y considera que al colectivo de administrativos se les debe equiparar sus retribuciones a las del colectivo de Mantenimiento, «con el que ya compartían nivel profesional antes del 2010». 

UGT ha recordado que ha sido «largo el camino que ha recorrido en solitario» en defensa de los derechos del colectivo de administrativos, en el que trabajan nueve mujeres de 11 personas, porque se han encontrado «con la intransigencia institucional por parte de la dirección y presidencia de la empresa». 

No obstante, considera que «todos estos esfuerzos han merecido reconocimiento, ya que finalmente se viene a dignificar la tarea profesional de todo el colectivo administrativo de Bilbao Kirolak, que debe poner fin a una situación que nunca debió ser tolerada». 

Por ello, apela a la responsabilidad del equipo del Gobierno municipal «para acatar y cumplir de manera inmediata la sentencia judicial y renunciar a un posible recurso que tan sólo lograría prolongar la discriminación que supone un trato degradante hacia las y los trabajadores». 

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