El Supremo condena a cuatro guardias civiles por proferir insultos homófobos a un compañero.

, , | 31 mayo, 2022

Público.- El alto tribunal ha mantenido la pena a los acusados y ha añadido la responsabilidad subsidiaria del Estado en la indemnización reconocida de 10.000 euros a la víctima por daños psíquicos y morales.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de diez meses de prisión a cuatro guardias civiles —uno de ellos cabo primero—. Los agentes fueron sancionados por hostigar y humillar a un compañero de profesión por su orientación sexual. Se ratifica así este martes la sentencia del Tribunal Militar Territorial Cuarto al considerar a los cuatro acusados como autores de un delito consumado de abuso de autoridad.

El alto tribunal ha estimado que lo hicieron en la modalidad de acoso profesional o atentado grave contra la dignidad personal durante la actividad laboral, así como la ejecución de actos discriminatorios en función de su orientación sexual a través de insultos homófobos.

Según la sentencia, los hechos probados se sitúan entre el año 2010 y 2014. La víctima fue acosada a su llegada en el cuartel de Noia (A Coruña) junto al cabo primero de la Guardia Civil y otros tres guardias más veteranos.

El cabo primero se dirigió a la víctima utilizando insultos homófobos como «los maricones no deberían de estar en la Guardia Civil», «muerte a los maricones», «arriba España y muerte a los maricones», «prefiero tener un hijo muerto o drogadicto que maricón».

Los hechos probados
La sentencia establece que «estas expresiones se alternaban, en ocasiones, con bromas o mofas, y también se realizaban comentarios acerca de la escasa competencia profesional». El documento narra que el delito se produjo desde junio de 2010 con la incorporación de la víctima en el Puesto de Noia hasta, de forma ininterrumpida, el 30 de noviembre de 2014, cuando fue atendido por una crisis de ansiedad.


La víctima continúa en situación de baja por razones médicas
Desde esta fecha la víctima continúa en situación de baja para el servicio por razones médicas al precisar la intervención de profesionales de la salud mental por presentar un cuadro crónico y complejo de larga duración.

Los acusados presentaron un recurso ante el alto tribunal alegando que se vulneraba su derecho a la presunción de inocencia al estimar que no había pruebas suficientes.

El Tribunal Supremo ha desestimado este martes los recursos de los acusados al señalar que el Tribunal Militar Territorial Cuarto ha realizado una valoración razonable y razonada de las pruebas. De esta forma, el alto tribunal concluye que no hubo contradicciones, ni modificaciones ni ambigüedades en las diferentes declaraciones. «Son firmes, persistentes y contundentes», asegura el Supremo.

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