El Supremo admite el recurso contra unos tuiteros que llamaron “nazis” a dos guardias civiles asesinados

| 19 febrero, 2021

La Razón.- Los acusados habían sido absueltos de un delito de odio contra los agentes

El Tribunal Supremo ha admitido el recurso interpuesto por la Asociación española de Guardias Civiles (AEGC) para que sea revocada la absolución por los tuits de odio que, desde las redes sociales, se vertieron contra los agente Víctor Caballero y Victor Romero, asesinados en Andorra, Teruel, en 2020 por Norbert Feher, “Igor el Ruso”.

La causa fue enjuiciada por el juzgado de lo Penal de Teruel donde quedó probado que los cuatro acusados habían realizado los comentarios en redes sociales en los que se dirigían a los agentes asesinados con expresiones como “nazis”, “cuerpo militar ablanda abuelas” y que su muerte estaba justificada como la de los heroinómanos de los años 80 ya que habían elegido la profesión de guardias civiles.

Pese a estos hechos probados el juzgado absolvió a los acusados de los delitos de injurias a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de odio. Tras esta sentencia, AEGC, a través de su letrado Jorge Piedrafita, que representa a la familia de Victor Caballero, formuló un recurso ante la Audiencia Provincial que revocó parcialmente la absolución, condenando a los acusados por un delito de injurias graves contra miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si bien se les mantenía la absolución por el delito del odio al entenderse que los guardias civiles no son un colectivo vulnerable merecedor de protección.

El letrado interpuso entonces otro recurso ante el Tribunal Supremo ya que se entiende que en el precepto que regula el delito de odio en ningún caso se estableció una lista de números clausus, que en la práctica puede implicar una discriminación entre unas víctimas y otras (todas son víctimas de una expresión de odio) y “sobre todo y más importante, no debe olvidarse que los agentes, además de guardias civiles cuando se vertieron las expresiones, eran dos seres humanos asesinados violentamente y no se podían defender”.

Según Piedrafita, “la libertad de expresión nunca puede suponer patente de corso para vulnerar los derechos dos agentes ejemplares fallecidos en acto de servicio mientras protegían a los demás, y atacar a la viuda, hija y resto de familiares cuando estaban conociendo tan terrible pérdida”.

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