El PSOE registra en el Congreso una Proposición de Ley Integral para la igualdad de trato y la no discriminación

| 21 enero, 2021

Confilegal.- El Grupo Parlamentario Socialistas ha registrado hoy en el Congreso de los Diputados una iniciativa legislativa para aprobar una Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación.

Esta Proposición de Ley, firmada por la portavoz del grupo parlamentario socialista, Adriana Lastra, se basa en dos principios fundamentales: Derecho al respeto a la dignidad de la persona y derecho a la igualdad de trato.

Su ámbito de aplicación objetivo regula las conductas discriminatorias que tienen lugar en el empleo, la afiliación a partidos políticos o sindicatos, la educación, la sanidad, la prestación de servicios sociales, el acceso a bienes y servicios disponibles al público y la publicidad.

«Protege a toda persona frente a toda discriminación en todos los ámbitos», ha destacado el PSOE.

Adriana Lastra ha señalado que los objetivos de esta norma son «garantizar la igualdad de trato de todas las personas, combatir el racismo, reparar y atender a las víctimas de discriminación».

DESCARGAR LA PROPOSICION DE LEY INTEGRAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y LA NO DISCRIMINACIÓN

«Esta ley persigue un doble objetivo: Erradicar, sancionar y reparar/proteger a las víctimas, intentando combinar el enfoque preventivo con el reparador», explica la eurodiputada y secretaria de área de Movimientos Sociales y Diversidad de la CEF-PSOE, Mónica Silvana González.

Destaca que «en el contexto actual de crispación y radicalización, con la presencia de la ultraderecha en las instituciones, hace más necesaria que nunca que España se dote de herramientas y un marco jurídico que mejoren la convivencia y garanticen el derecho a la diversidad».

Denuncia que «cada vez son más las personas discriminadas por su color de piel, etnia, origen, discapacidad, orientación o identidad sexual o expresión de género, por su creencia religiosa, por la situación de sinhogarismo, o simplemente por la edad» y que, por ello, «no disponemos de más tiempo para dar respuesta» a esta lacra.

Según explica Silvana, esta Ley «tiene la vocación de convertirse en el mínimo común normativo que contenga las definiciones fundamentales del derecho antidiscriminatorio español y, al mismo tiempo, albergue sus garantías básicas».

La secretaria de área de Movimientos Sociales y Diversidad de la CEF-PSOE apunta que la dificultad de la lucha contra la discriminación «no se halla tanto en el reconocimiento del problema, como en la protección real y efectiva de las víctimas».

En el capítulo II de la PL se regula el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación en determinados ámbitos de la vida política, cultural y social: empleo y trabajo, educación, atención sanitaria, servicios sociales, seguridad ciudadana, administración de Justicia, el acceso a la oferta pública de bienes y servicios, vivienda, en establecimientos abiertos al público, la participación social o política y la publicidad, y medios de comunicación, Internet y redes sociales, deporte e inteligencia artificial.

La eurodiputada subraya que «con este marco, nos adaptamos a las normas Europeas para dejar de ser una excepción en la UE sobre medidas de igualdad de trato, prevención y lucha contra los discursos de odio».

Según explica, «para los socialistas, la aprobación de esta Ley es el cumplimiento de un compromiso con la igualdad y con el pleno respeto a los Derechos Humanos, recogido en los últimos programas electorales y en las Resoluciones del 39 Congreso», en su programa electoral y en el acuerdo de investidura del Gobierno de Coalición.

Hace hincapié en que es una ley para «proteger y garantizar» los derechos de la mayoría de la población, dado que todos, «en algún momento de nuestras vidas, estamos expuestos a padecer algún tipo de discriminación».

«Impedir toda forma de discriminación, que conlleva a la exclusión y estigmatización en ámbitos como el laboral, el educativo, la deliberación pública, la atención social, el acceso a la justicia, las redes sociales, seguridad ciudadana y hasta la inteligencia artificial», argumenta.

«En definitiva, es una ley destinada hacer efectivo el derecho a ser diferente y al derecho a la diversidad», sentencia.

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA PL

Mónica Silvana explica que la finalidad de la ley es que «nadie pueda ser discriminado por razón de nacimiento, origen étnico, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación e identidad sexual o expresión de género, enfermedad, situación socioeconómica o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

Informa que esta Ley también tiene como objeto esencial, la incorporación en el marco jurídico español, al igual que en el resto de Europa, las directrices que la propia UE ya ha adoptado sobre el desarrollo de los artículos 1, 10, 21 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea que garantizan, respectivamente, el derecho a la dignidad humana, a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, a la no discriminación y a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial».

La eurodiputada lamenta que España sea «de los pocos miembros del Consejo de Europa que carece de un organismo independiente para combatir la discriminación racial y prevenir los discursos de odio».

Destaca que con esta ley se establecen «principios, instrumentos y regular las medidas y los procedimientos para garantizar el derecho al respeto a la dignidad de las personas, a la igualdad de trato y a la protección frente a cualquier forma y manifestación de discriminación», y persigue, asimismo, «el efecto reparador de las víctimas».

El PSOE manifiesta que es una Ley garantista. «Se trata de una ‘ley de garantías’ que no pretende reconocer nuevos derechos, sino garantizar los que ya existen», apunta Silvana.

Resalta también que regula la carga de prueba: «Cuando la parte acusadora o el interesado alegue discriminación y aporte indicios fundados sobre su existencia, corresponderá a la parte demandada la aportación de una justificación objetiva».

Además, «establece las consideraciones de discriminación directa e indirecta, haciendo especial referencia a la discriminación directa que supone la denegación de ajustes razonables a las personas con discapacidad».

También introduce “discriminación múltiple o interseccional”, según explica Silvana.

Señala que «no es una ley de carácter penal, sino que aborda la tutela y reparación mediante el establecimiento de sanciones administrativas, porque discriminar no puede salir gratis, pero con una vocación de prevención general, y no sancionadora».

«Las sanciones irán gradualmente desde infracciones leves hasta muy graves», apostilla.

Por otra parte, plantea la creación de un Comisionado (Autoridad para la igualdad de trato y la no discriminación). «Se trata de un organismo independiente y unipersonal, que contará con recursos de la Administración Pública, y que podrá investigar de oficio o por cuenta propia la existencia de posibles situaciones de discriminación», explica la eurodiputada.

También «amplía el concepto de discriminación al introducir en el derecho antidiscriminatorio español novedosas definiciones de discriminación: La discriminación por asociación, la discriminación múltiple e interseccional. Basándose en la discriminación estructural de ciertos colectivos».

INCOPORACION DE NUEVAS REALIDADES

Por otra parte, Silvana destaca que el texto registrado actualiza contenido adaptado a las necesidades actuales.

En relación con la inteligencia artificial introduce que es necesario que los poderes públicos promuevan el uso de una Inteligencia Artificial ética y confiable, siguiendo especialmente las recomendaciones de la Comisión Europea recogidas en el Libro Blanco sobre la Inteligencia Artificial bajo el enfoque europeo orientado a la excelencia y la confianza de 19 de febrero de 2020 y guías éticas.

También incorpora la agravante al tratarse de “servidor público”.

Prevé el agravamiento de la sanción cuando el hecho discriminatorio sea cometido bajo la condición de autoridad, agente de las mismas, personal funcionario o empleado público de la persona infractora.

«En todo caso, las infracciones se adoptarán en su grado máximo cuando las infracciones sean realizadas por los titulares de cualquier cargo o función o empleados públicos, en el ámbito de toda la organización territorial del Estado, en el ejercicio de sus cargos o funciones», apostilla Silvana.

«Discriminar no debe salir gratis, decía Pedro Zerolo al impulsar esta Ley; 11 años después los socialistas seguimos junto a los colectivos y organizaciones comprometidas con la igualdad, la integración y los derechos humanos de la diversidad impulsando su aprobación», señala la eurodiputada y secretaria de área de Movimientos Sociales y Diversidad de la CEF-PSOE.

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