El Parlamento elimina las discriminaciones para los testadores con discapacidad visual y auditiva

, | 13 diciembre, 2019

Con la reforma del Código Civil, aprobada por unanimidad en la cámara catalana, las personas con discapacidad sensorial podrán hacer testamento sin testigos. En el nuevo texto normativo también sustituye los términos “ciego” y “sordo” por “discapacidad sensorial”

LA VANGUARDIA.- El Parlament de Catalunya ha aprobado la reforma del Código Civil de Catalunya que elimina las discriminaciones para los testadores con discapacidad visual auditiva. Antes de esta modificación legislativa, los discapacitados sensoriales no podían otorgar testamento con plena privacidad porque la ley les obligaba a aportar dos testigos. Además, tampoco les permitía ser testigos en un testamento, a menos que fueran capaces de escribir.

De la protección a la discriminación

Las restricciones tenían por objetivo proteger a las personas con discapacidad sensorial de posibles fraudes y abusos de terceros, pero esta protección suponía una discriminación que, además, vulneraba la intimidad de los testadores.

Hoy en día, la evolución de las tecnologías y de los instrumentos al alcance de las personas con discapacidad auditiva y visual ha dejado el anterior redactado de la Ley obsoleto. Así, la utilización de los programas lectores de pantalla, los dispositivos de línea Braille para ordenador o el uso de la lengua de signos permiten superar las carencias sensoriales y proporcionan una fiabilidad y una seguridad jurídica equivalentes a la de cualquier persona sin discapacidad.

La reforma incorpora más sensibilidad en el lenguaje y suprime las expresiones recogidas en el Código civil de Catalunya que identifican las personas como sordas, ciegas o mudas. Con la sustitución de estos términos por “personas con discapacidad sensorial, visual o auditiva”, el Código civil contribuye a la lucha contra la estigmatización de las personas con algún tipo de discapacidad.

Con este cambio normativo, el Departament de Justícia atiende tanto la reivindicación de las personas con discapacidad sensorial como una resolución aprobada por el Parlament de Catalunya en febrero de 2017, que instó al Govern a impulsar los cambios legislativos necesarios para eliminar estas discriminaciones.

Un Código civil adaptado a los tiempos y al servicio de las personas

Son cuatro los artículos del libro cuarto del Código civil de Catalunya relativo a las sucesiones que se han modificado. De esta manera, se alinea con la Convención de las Naciones Unidas de 2006 de Nueva York en materia de derechos de las personas con discapacidad y con la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea .

En febrero de 2017, el Parlament aprobó la Ley del libro sexto, que dejaba prácticamente completada la regulación catalana del derecho civil. Desde entonces, Catalunya dispone de un cuerpo legal que regula la gran mayoría de los aspectos propios del ámbito privado de las personas físicas y jurídicas. El Código civil catalán es norma de aplicación principal y convierte el Código civil español en una norma de aplicación subsidiaria en Catalunya.

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