El Juzgado de Santoña condena al edil de Falange por una falta de amenazas e injurias

| 29 octubre, 2013

Los hechos ocurrieron en un pleno de junio cuando le dijo al portavoz socialista “prepárate sinvergüenza que te voy a dar cuatro hostias, sinvergüenza, ladrón”

LeoncioCalleANA COBO. EL DIARIO MONTAÑÉS.- El Juzgado de Instrucción Número 1 de Santoña ha condenado penalmente al concejal y portavoz del Movimiento Falangista de España en el Ayuntamiento de Santoña, Leoncio Calle Pila, como autor de una falta de amenazas e injurias.

El fallo le condena a abonar 15 días de multa con una cuota diaria de seis euros por cada una de las dos faltas (90 por cada una de ellas y 180 en total), con la responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa que resulten impagadas. Igualmente, se le impone al edil falangista el pago de las costas del procedimiento judicial. Dicha resolución no es firme y contra la misma puede interponer un recurso de apelación.

Los hechos condenados en esta sentencia se produjeron durante el transcurso de la sesión plenaria que tuvo lugar el pasado 5 de junio en la cual el portavoz socialista, José Ramón Badiola, se dirigió al edil de Falange insinuando que “éste había cogido dinero público”.

Tras escuchar estas palabras, la esposa de Calle “se personó en el Pleno e insultó a Badiola”. “Momentos después, tras abandonar la mujer el Pleno, se le comunicó a Calle que su esposa se encontraba mal, motivo por el que éste salió del salón de plenos dirigiéndose al denunciante con los siguientes términos: “Prepárate sinvergüenza que te voy a dar cuatro hostias, sinvergüenza, ladrón”, Ante tales expresiones, Badiola contestó: “prepárate tú, Leoncio, que se paso tu época de amenazas”.

Los hechos fueron denunciados por el portavoz socialista y durante el juicio oral han quedado http://comprar-ed.com/viagra.html acreditadas las amenazas e injurias por el denunciante, por dos concejales que ese día estaban en el pleno y hasta el propio Calle reconoce las expresiones, pero matiza que “fueron fruto del acaloramiento que estaba viviendo tras tener conocimiento de que su mujer, tras irrumpir en el desarrollo del pleno, no se encontraba bien, y tuvo de ser llevada al hospital de Laredo”.

La jueza dice que tales argumentos exculpatorios no pueden prosperar. “El hecho de que con carácter previo el denunciante, dentro del desarrollo del Pleno, hubiera afirmado que el denunciado se había llevado dinero no justifica el ataque a la dignidad sufrido por el denunciante”.

Además, añade, que las expresiones que vertió Badiola, en ningún modo, pueden justificar las de Calle cuando salía de la sala. Son expresiones, dice la juez, “que, evidentemente no pueden ser encuadradas dentro del derecho a la crítica y que, además, no pueden considerarse proporcionadas al supuesto acaloramiento que estaba padeciendo”. A ello, añade, que las palabras, “prepárate que te voy a dar cuatro hostias”, aunque no sea la íntima intención de Calle, “es objetivamente apta para provocar en el sujeto pasivo el temor, con cierto fundamento, de que el mal pueda producirse”. Así como que la calificación de “sinvergüenza y ladrón” tienen un significado gramatical inequívocamente afrentoso

El Grupo Socialista recuerda que tras esto presentó una moción de reprobación contra Calle que fue desestimada por PP, PRC y Falange lo que, a su juicio, demuestra el “escaso talante democrático” de este gobierno municipal. Asimismo, anuncian que, conocida esta sentencia condenatoria, en el pleno de este jueves interpelarán a la alcaldesa, Milagros Rozadilla, para saber qué postura va a tomar el equipo de gobierno al respecto.

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