El bus ‘anti8M’ de HazteOír: entre la libertad de expresión y la protección de las mujeres por el delito de odio

, , | 5 marzo, 2019

Juristas consideran que los mensajes antifeministas del grupo ultracatólico pueden estar amparados por la libertad de expresión por ser una crítica a una ideología. Aseguran que las mujeres sí son un colectivo protegido por el delito de odio, a diferencia de lo que argumentó el juez de Barcelona que decidió sobre el bus. «No incita directamente a la discriminación aunque usa palabras malsonantes y tiene expresiones que no comparto», afirma el exletrado del TC Joaquín Urías. La abogada Laia Serra ve en la asociación de las mujeres con el nazismo que supone el busto de Hitler el factor denigrante por el que puede considerarse delito

PAU RODRÍGUEZ. ELDIARIO.ES.- ¿Hay que inmovilizar el autobús de HazteOír, que carga contra las leyes de igualdad de género con una imagen de Adolf Hitler y el lema #StopFeminazis? El Fiscal de Delitos de Odio de Barcelona así lo pidió este lunes al juez de guardia, pero este lo rechazó, entre otras razones, al considerar que las mujeres no son un grupo social protegido por este tipo penal y que, por lo tanto, estos mensajes están amparados por la libertad de expresión.

Los juristas consultados por este diario plantean que la publicidad que difunde el grupo ultracatólico, que considera que las leyes de género discriminan al hombre y pide su derogación, pueden inscribirse en la libertad de expresión. Aunque lo que rechazan de plano son los argumentos que da el juez en su auto, puesto que, coinciden, las mujeres sí son un colectivo que puede ser objeto de este tipo de delitos.

Para Laia Serra, abogada penalista y experta en igualdad de género, el juez de guardia «yerra en su planteamiento» porque el Código Penal, desde su modificación en 2011 a raíz del Convenio de Istanbul -sobre la violencia contra las mujeres-, recoge el género como una de las razones de la discriminación o la hostilidad que pueden conllevar este delito. 

Aunque el juez de guardia consideró este lunes que las mujeres, en su conjunto, exceden el grupo social protegido por este delito -a diferencia de minorías raciales o religiosas, según puso él mismo como ejemplo-, el Código Penal recoge en su artículo 510 que cometen este delito quienes fomentan el odio contra grupos y personas concretas por motivos de etnia, de creencias, de discapacidad, de orientación sexual y también de género. Asimismo, Joaquín Urías, exletrado del Tribunal Constitucional, recuerda que el sexo también está entre las categorías para las que la Carta Magna impide discriminación. 

Pese a que las mujeres no son una minoría, Serra expresa que los delitos de odio «protegen categorías de opresión». «Nadie dudaría que los delitos de odio protejan a las personas racializadas, que no son ninguna minoría tampoco; los delitos de odio son crímenes de mensajes, de afianzamiento de poder, y las mujeres indiscutiblemente seguimos sufriendo el supremacismo masculino», razona esta penalista.

Rechazo al delito de odio

Tras recibir una denuncia contra el autobús por parte del Institut de les Dones, que pertenece a la Generalitat, el fiscal de delitos de odio de Barcelona, Miguel Ángel Aguilar, pidió al juez que inmovilizase el vehículo porque constituía un delito. Según su interpretación, la propaganda de HazteOír ataca a la dignidad y los derechos las mujeres, «creando un clima que normaliza la discriminación» contra ellas y «las insulta al vincular sus ideas con el régimen nacional socialista». El fiscal hacía referencia sobre todo al busto de Hitler con el logo feminista y el lema #StopFeminazis. 

Para Josep Maria Tamarit, catedrático de derecho penal que participó en la elaboración del ‘Manual práctico para la investigación y enjuiciamiento de delitos de odio y discriminación‘, los textos del autobús son una «crítica» a una determinada ideología, en este caso el feminismo, y están por lo tanto amparadas por la libertad de expresión. Pedir que se deroguen las leyes de género y cuestionarlas como hace HazteOír, según este catedrático, no es lo mismo que promover públicamente políticas y actuaciones discriminatorias contra las mujeres, lo que sí podría constituir entonces un delito de odio.

Por su parte, Urías, que admite de entrada que el concepto de delito de odio le resulta «discutible», lo descarta rotundamente en el caso de este autobús. «Entiendo que directamente no incita a la discriminación: usa palabras malsonantes, tiene expresiones que no comparto acerca de lo que debe hacer el feminismo, pero no creo que alguien a causa de este autobús vaya a discriminar a las mujeres», razona. 

En concreto, el texto pegado a la carrocería del autobús reza: «No es violencia de género, es violencia doméstica». Y añade: «Las leyes de género discriminan al hombre. Casado, Rivera, Abascal, derogad las leyes de género».

Para el juez de guardia de Barcelona que decidió sobre su inmovilización, estos mensajes, que él mismo califica de «aborrecibles» y «repugnantes», no constituyen un delito de odio claro como para emprender una medida cautelar. Para ello se apoya además en la valoración del Ayuntamiento de Madrid, difundida a través de la prensa, que descarta actuar contra el bus al ver también que sus lemas entran dentro del derecho a la libertad de expresión. 

Algo parecido sucedió con el anterior autobús que HazteOír puso en circulación en distintas ciudades de España para propagar mensajes tránsfobos. En esa ocasión fue la Fiscalía de Madrid la que pidió medidas cautelares que evitaran que el vehículo siguiera en las calles, y el Juzgado de Instrucción nº 42 de Madrid accedió al entender que se trataba de «un acto de menosprecio a las personas de orientación sexual distinta». Pero finalmente otro juzgado, el de Instrucción nº 13, archivó la denuncia al considerar que «ha de primar la libertad ideológica o de expresión».

La vinculación con el nazismo

La utilización de Hitler por parte de HazteOír fue una de las claves con la que el fiscal Aguilar sustentó su tesis de que el grupo ultraconservador ataca la dignidad y la libertad de las mujeres. Porque las vincula a ellas y sus ideas al nazismo. «Aparte de banalizar el nazismo, es claramente denigrante hacia las mujeres en general y hacia las que reivindicamos nuestros derechos en particular; por lo tanto, en términos técnicos, considero que podría ser considerado delictivo», expresa Serra.

Júlia Humet, abogada del despacho Nèmesis y miembro de Dones Juristes, no tiene ninguna duda de que discrepar abiertamente de la ley de igualdad de género entra dentro de la libertad de expresión. Pero añade que los discursos que acompañan al rechazo de las políticas de igualdad de género generan un contexto de «misoginia» y «machismo». «Tengo dudas de que sea delito de odio», acaba resumiendo. 

En paralelo a la controversia jurídica, y con protestas de colectivos feministas allí por donde pasa, el autobús estuvo circulando este lunes en Barcelona y este martes ha llegado a Valencia, donde ha sido inmovilizado por la Policía Local. No por constituir un delito de odio, sino en este caso por incumplir el reglamento de vehículos en cuanto a las instalaciones de las láminas de plástico en los cristales. 

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