Condenados a 8 meses y seguir curso DDHH por pegar a una pareja por ser gay

, | 28 marzo, 2019

EFE. LA VANGUARDIA.- Un juez de Berga (Barcelona) ha impuesto ocho meses de cárcel y la obligación de asistir a cursos sobre derechos humanos y comportamientos violentos a los tres jóvenes que, en marzo de 2017, pegaron a una pareja gay porque se dieron un beso en la puerta de una discoteca.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y que ha dictado este jueves el juez de conformidad con las partes, considera probado que los tres jóvenes, uno de ellos con un trastorno de conducta, sobre las cuatro de la madrugada del 12 de marzo de 2017 estaban ante la puerta de la discoteca «La General» de Berga y vieron cómo los dos chicos gays se daban un beso en los labios.

Según el juez, «movido esencialmente por una actitud de profundo desprecio hacia las personas homosexuales», el acusado A.B.D, les espetó: «Qué asco, iros a otro lado, que hay gente que le da asco», a lo que la pareja respondió dándose un segundo beso.

En ese momento, A.B.D les propinó un puñetazo que impactó en la cara de los dos chicos, mientras que los otros dos acusados, S.D.R. y K.I.D., «guiados por el mismo sentimiento de odio», se sumaron al altercado y les propinaron, junto a A.B.D, varias patadas y golpes.

Los dos agredidos sufrieron numerosas contusiones y erosiones de las que tardaron en curar uno 15 días y el otro diez, además de romperles las gafas que llevaba uno de ellos y la camisa y la cazadora que vestía el otro.

El juez reconoce que A.B.D., que padece trastorno de conducta, tenía «levemente alteradas sus capacidades intelectivas y volitivas en el momento de los hechos».

El fiscal no se ha opuesto a que la pena de ocho meses de cárcel impuesta a cada uno de los tres acusados sea suspendida durante tres años, condicionada al pago de la responsabilidad civil y a que los agresores participen «en un curso de derechos humanos que contemple el respeto a la diversidad de las personas por razón de origen, etnia, raza, ideología, orientación e identidad sexual, religión, creencias y discapacidad».

El fallo, que les condena por dos delitos contra la integridad moral y otros dos de lesiones leves, también les obliga a participar en un programa de prevención y tratamiento de comportamientos violentos.

El juez explicita que los tres condenados «han de participar (en estos cursos) con plena implicación en su cumplimiento y con resultados positivos, en caso contrario, se entenderá por incumplida la regla de conducta con la consecuente revocación de los beneficios de la suspensión de la pena».

A A.B.D, también le impone que siga un programa para deshabituarse del consumo de cánnabis.

Los tres condenados no podrán acercarse a 500 metros de sus víctimas, a las que han tenido que indemnizar con 2.300 euros a una de ellas, y con 1.850 al otra por las lesiones y por daños morales.

Eugeni Rodríguez, presidente del Observatorio contra la Homofobia, que ha acompañado en la acusación a las víctimas, ha mostrado su satisfacción por la condena y porque el hecho «no ha quedado impune» y ha valorado que el fallo haya sido de conformidad por las circunstancias personales de trastorno que sufre uno de los acusados.

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