Código penal contemplará discriminación en contra de médicos

, | 28 abril, 2020

LA VOZ DE DURANGO.- La pandemia del coronavirus ha provocado por parte de la ciudadanía fuertes agresiones físicas y verbales en contra del personal que atiende los hospitales de todo el país, en tal sentido el diputado José Antonio Ochoa Rodríguez, dará a conocer una iniciativa para que se castigue con cárcel los actos de discriminación en contra de médicos y enfermeras.

Esa acción reformaría el articulo 9 de la Ley Estatal de Prevención y Eliminación de la Discriminación y los artículos 147, 174, 306 del Código Penal del Estado libre y Soberano de Durango en materia de concepto y delito de discriminación, esto quiere decir que integraría los conceptos de discriminación por la profesión u oficio, que en este caso sería al personal médico.

Además, se propone una agravante en el delito de amenazas que se actualice cuando dicho ilícito tenga como causa un infundado peligro de contagio.

También se agrega dentro de las causas de lesiones calificadas cuando este delito sea a consecuencia de la profesión u oficio al que se dedique el posible sujeto pasivo.

En ese sentido se agregará en el artículo 174 del Código Penal del Estado libre y Soberano de Durango lo siguiente:

“Cuando la amenaza tenga como causa un infundado peligro de contagio o cualquiera otra que se entienda irracional, las penas aumentarán hasta una mitad” (sic).

En el caso del articulo 147 quedaría de la siguiente manera “ El homicidio y las lesiones son calificadas cuando se cometan con: premeditación, ventaja, traición, alevosía, retribución, por el medio empleado, saña, estado de alteración voluntaria, brutal ferocidad, por razones de orientación sexual o identidad de género, por razones de género en contra de la mujer o por discriminación, aversión o rechazo en contra de la víctima; condición social o económica; por su origen étnico, profesión u oficio, raza, religión o discapacidad o en perjuicio de servidores públicos que se encarguen de la procuración o administración de justicia”

Y finalmente el artículo 306 contendrá “Comete el delito de discriminación quien, por razones de edad, género, embarazo, estado civil, raza, color de piel, idioma, profesión u oficio, religión, ideología, orientación sexual…”.

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